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morosidad comunidad de propietarios
12 Abr

La morosidad hoy en día es uno de los principales problemas  en el buen funcionamiento de una Comunidad de propietarios. ¿Cómo se debe actuar ante un propietario moroso para reclamar la deuda? Pasos para reclamar la deuda: vía amistosa, Proceso Monitorio y, como última vía, proceso judicial.

La implicación principal de que un propietario deje de pagar los gastos trimestrales es que el resto de vecinos se  tiene que hacer cargo proporcionalmente de los gastos impagados, subiendo así  la cuota de los que sí pagan y perjudicando a los servicos y mantenimiento de la finca.

Las cuotas de participación se fijan en los estatutos. Y todos los miembros de la comunidad de propietarios están obligados a participar en los gastos comunes de mantenimiento de los servicios generales de dicha comunidad.

Si uno o varios propietarios  del edificio son morosos , al haber menos dinero para la Comunidad de Propietarios, es complicado llevar a cabo el mantenimiento de la finca correctamente y que todos los servicios funciones a la perfección.

Pero ¿Cómo se debe actuar ante un vecino moroso?

Es moroso el propietario que no esté al día en sus pagos de la Comunidad de propietarios, bien por falta de pago de las cuotas  de gastos ordinarios o extraordinarios aprobados en junta. Los pasos para actuar ante un vecino moroso son:

 

1. Cuando un propietario de una vivienda deja de pagar los gastos de comunidad, lo primero es intentar solucionarlo por la vía del diálogo.

No sabemos si este propietario está pasando un mal bache económico o por enfermedad y  podemos  llegar a un acuerdo amistoso en los pagos.  Actuar de buena fe contra propietarios morosos es una vía que hay que agotar, dado que siempre va a ser menos costoso que irnos a un proceso judicial de reclamación de deuda, pero siempre evitando que ésta vaya en aumento.

 

2. Si vemos que por este vía no se soluciona el problema, lo más sencillo es reclamar la deuda a través de la Petición inicial de  Procedimiento Monitorio. No se requiere abogado ni procurador, aunque es recomendable que el proceso esté asesorado por un abogado:
  • Bien el presidente, bien el Administrador de la finca deben asegurarse de que el deudor es el propietario de la vivienda y solicitar una nota simple al Registro de la Propiedad.
  • Se convocará una junta extraordinaria en la que se apruebe la liquidación de la deuda, constando en acta los impagos.
  • Notificar al propietario moroso, a través de burofax, el requerimiento del pago en un plazo de 20 días. Transcurrido un plazo de tres días, se considera realizada la notificación al deudor.
  • Cuando se sigue sin saldar la deuda, el presidente de la comunidad, autorizado por la Junta, la reclamará ante el juzgado y solicitará al Juzgado, mediante una petición, la creación de un título ejecutivo para reclamar el impago con los documentos y facturas demostrativas de la deuda. Si el propietario moroso salda la deuda antes de 20 días, se paraliza el proceso y se archivarán las actuaciones.  Si no, el juez dictará auto de ejecución contra los bienes del moroso por el importe reclamado más los intereses.

 

3. ¿Qué pasa si el vecino moroso  se opone al proceso y no salda la deuda?

En este caso se tendrá que reclamar la deuda  a través del procedimiento judicial que corresponda, esta vez con la necesidad de un abogado. Aun así, cuando el deudor se oponga a la petición inicial del proceso monitorio, el acreedor podrá solicitar el embargo preventivo de bienes suficientes de aquél, para hacer frente a la cantidad reclamada, los intereses y las costas.

Contar con un administrador de fincas que a la vez ofrezca asesoría legal y jurídica como servicio, contando en su equipo con abogados, es primordial para prever y solucionar situaciones antes de que se vuelvan más complicadas de enderezar.

Esperamos haberte ayudado

Consúltanos.

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Loradmi Administraciones

Servicios de Administración de Fincas en Valencia

Asesoría Legal, Laboral y Tributaria

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