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17 Mar

Han entrado en vigor nuevas medidas para hacer frente al COVID en Valencia desde las 00.00 horas del día 15 de marzo de 2021  hasta las 23.59 horas del 12 de abril de 2021. es decir, abarcará tanto las fiestas de San José como las de Pascua. La mayor novedad es la partura del cierre perimetral, dentro de la Comunidad Valenciana, por lo que, las personas que tengan apartamentos de playa, dentro de Valencia, Castellon y Alicante, podrán visitarlos estos días. Tanto en ellos, como en el domicilio habitual, continúa la restrincción de solo convivientes.

Este lunes comenzaron las nuevas medidas contra el COVID-19 en la Comunidad Valenciana. Aunque un poco menos restrictivas, continúan con efecto medidas de movilidad, restricciones de reunión o toque de queda. Se abre, por otro lado, el acceso a los gimnasios con foro reducido, apertura de piscinas y parques infantiles o el aforo de las terrazas en los bares.

¿Qué es lo que cambia en este puente de San José y las vacaciones de Pascua respecto a las medidas COVID-19 en Valencia?

Se retira la limitación de movilidad y cierre perimetral a las ciudades de más de 50.000 habitantes.

-En espacios de uso público, tanto cerrados como el aire libre, la permanencia de grupos de personas queda condicionada al hecho de que no se supere el número máximo de cuatro personas, salvo que se trate de personas convivientes y sin perjuicio de las excepciones previstas.

-Los parques, jardines y zonas de esparcimiento al aire libre podrán permanecer abiertos salvo en el periodo horario que limita la movilidad o circulación de las personas

Durante su tiempo de apertura, se mantendrán las medidas de distanciamiento físico seguridad interpersonal e higiene y prevención, y vigilancia de que se cumplen las medidas de agrupación o reunión socialmente previstas.

En los parques infantiles recreativos al aire libre, castillos hinchables, toboganes y otros juegos infantiles deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención de la Covid-19, manteniendo la limpieza según los protocolos al efecto aprobados por la autoridad de salud pública correspondiente.

En establecimientos de bares y hostelería el aforo permitido en el interior de local es del 30 %, siempre respetando un cumplimiento estricto de las medidas de ventilación y climatización en espacios interiores. En las terrazas al aire libre el aforo es del 100 %.

-Se podrá practicar, a todos los efectos, actividad física y deportiva, al aire libre y en instalaciones deportivas abiertas o cerradas, sin contacto físico y en las modalidades individuales y las que se practican por parejas. El aforo máximo permitido será de un 30 % respecto al aforo ordinario de la instalación. Se entiende por aforo ordinario aquel que establezca la normativa específica aplicable, y en su defecto el de una persona usuaria por cada 2,25 m² de superficie útil para el uso deportivo.

Se limita el horario de estas instalaciones hasta las 20’00 horas. Se permite el uso de los vestuarios con un aforo máximo del 30%.  Se podrán utilizar las duchas si son individuales.

Para la realización de actividad deportiva en instalaciones cerradas será obligatorio el uso de máscarilla

Las piscinas para uso recreativo, piscinas de hoteles, alojamientos turísticos y piscinas de urbanizaciones deberán respetar el límite del 30 % de su capacidad de aforo tanto en lo relativo a su acceso como a la práctica recreativa.

Se podrá hacer uso de los vestuarios, pero no se podrá hacer uso de las duchas ni de las fuentes de agua.

Se permite el acceso a las playas para pasear o hacer actividad física y deportiva al aire libre,manteniendo las medidas de distanciamiento físico e higiene y de prevención. El uso de la mascarilla en playas y piscinas es obligatorio en todo momento para todas las personas mayores de seis años, excepto durante el baño.

¿Qué medidas no han cambiado?

-Se limita la entrada y la salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, excepto para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados.

-Queda limitada la libertad de circulación de las personas en horario nocturno entre las 22.00 y las 06.00 horas en todo el territorio de la Comunitat Valenciana

-En espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, no se podrán formar grupos de más de cuatro personas, salvo que se trate de personas convivientes

En domicilios y espacios de uso privado, tanto en el interior como en el exterior, se permiten únicamente las reuniones familiares y sociales de personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia

-Las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de la mascarilla en todo momento en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o abiertos al público.

Si deseas más información compartimos el link al PDF de la RESOLUCIÓN  de  11  de  marzo  de  2021

 

 

 

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