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07 Sep

A partir de hoy, 7 de septiembre, hasta el 27 de septiembre, desaparecen medidas y limitaciones frente al COVID en Valencia, tales como la limitación de movimiento, de horario (se va el toque de queda), de reunión en espacios públicos y privados (no hay límite de personas) o se abre el ocio nocturno. Además se recomienda SIEMPRE el uso de mascarilla tanto en espacios al aire libre como cerrados.

Desde Loradmi, Admistración de Fincas compartimos aquellos cambios en las medidas que pueden afectar más a las Comunidades de Propietarios.

CIRCULACIÓN DE PERSONAS

No habrá horario de limitación de circulación de las personas.

ENCUENTROS SOCIALES O FAMILIARES

No se limita el número de personas en espacios de uso público ni en las reuniones familiares y sociales, en domicilios y espacios privados.

HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

El aforo permitido en el interior de los locales es del 50 %, siempre respetando un cumplimiento estricto de las medidas de ventilación y climatización en espacios interiores. En las terrazas al aire libre el aforo es del 100 %.

El horario de cierre de estos establecimientos será como máximo a las 00.30 horas, sin que puedan aceptar pedidos a partir de las 00.00 horas.

La ocupación de mesas será de un máximo de 10 personas por mesa o agrupaciones de mesas, excepto convivientes, en espacios al aire libre y terrazas.

En el interior del local, la ocupación de mesas será de un máximo de 8 personas por mesa o agrupaciones de mesas, excepto convivientes.La distancia entre mesas será de 2 metros en el interior y 1,5 metros en terrazas exteriores.

El consumo será siempre sentado en mesa.

El uso de mascarilla será necesario cuando no se esté consumiendo.

Están permitidas las actuaciones profesionales de grupos musicales y disc jokey, asegurando ventilación suficiente y una distancia de seguridad de, al menos, 2 metros entre músicos y público, en el caso de cantantes e instrumentos de viento.

No queda permitido en estos establecimientos, lo siguiente:
– El uso de la barra, excepto para la retirada de las consumiciones.
– Fumar, ni el uso de cualquier dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua o asimilados incluidos cigarros electrónicos o vapeo en espacios al aire libre o cerrados.
– El baile, ni en interiores ni en exteriores, ni la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateurs de canto.

LOCALES COMERCIALES

Los establecimientos y locales comerciales y de actividades de servicios profesionales, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, deberán limitar al 75% el aforo total.

OCIO Y ENTRETENIMIENTO

Se permite la actividad de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, pubs, ciber-café, cafés teatro, cafés concierto y cafés cantante, en los siguientes términos:

– El consumo de bebidas y alimentos, tanto en zonas interiores como exteriores, se hará sentado en mesas, teniendo que asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad de un mínimo de 1,5 metros nos las sillas de diferentes mesas. El uso de mascarilla será necesario cuando no se esté consumiendo.

– Se permite el uso de la barra únicamente para la retirada de las consumiciones, pero no para el consumo.

– No se podrá superar el 50% de aforo máximo en el interior del local.

– La ocupación de las mesas será de un máximo de 8 personas por mesa en interior y de 10 personas por mesa en exterior.

– El horario de cierre será el que autorizo la licencia de actividad del establecimiento y, en todo caso, tendrán que estar cerrados a las 3.00 horas, sin que puedan aceptar pedidos de consumiciones a partir de las 2.30 horas.

– No se permite el baile ni interiores ni exteriores, ni la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto, estando permitidas las actuaciones profesionales de grupos musicales y disc-jockey, asegurando ventilación suficiente, y una distancia de seguridad de al menos 2 metros entre músicos y público en el caso de cantantes e instrumentos de viento.

– No se permite fumar, ni el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, pipas o asimilados incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo en espacios al aire libre o cercados.

INSTALACIONES DEPORTIVAS

En las instalaciones deportivas abiertas el aforo máximo permitido será de una persona usuaria por cada 2,25 m² de superficie útil para el uso deportivo.
En las instalaciones deportivas cerradas el aforo máximo permitido será de un 50% respecto al aforo ordinario de la instalación.
En las piscinas al aire libre, el aforo máximo permitido será de un 75% y del 50% si son instalaciones cerradas, respecto al aforo ordinario de la instalación y del vaso de la piscina.
Se permite el uso de vestuarios con un aforo máximo permitido de un 50% respecto al aforo ordinario.

ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTE

Se podrá practicar, a todos los efectos, actividad física y deportiva, al aire libre y en instalaciones deportivas abiertas o cerradas.
Para la realización de actividad física y deportiva en instalaciones cerradas, será obligatorio el uso de mascarilla.
Para la realización de actividad física y deportiva al aire libre y en instalaciones abiertas, de modalidades deportivas individuales y aquellas que se practican por parejas, no será obligatorio, el uso de mascarilla.

CONSUMO DE TABACO Y ASIMILADOS

No se podrá fumar en la vía pública, terrazas, playas u otros espacios al aire libre, cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros.
Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo en espacios al aire libre o cerrados.

PABELLONES DE CONGRESOS, SALAS DE CONFERENCIAS O MULTIUSOS E INSTALACIONES FERIALES

Se recomienda la realización telemática de todo tipo de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias.
Aquellos que se organicen de manera presencial, se llevará a cabo sin superar en ningún caso el 75% del aforo.

USO DE MASCARILLAS

Con carácter general, se recomienda cuando se esté al aire libre, especialmente en ambientes urbanos, seguir usando la mascarilla, excepto en playas y espacios naturales.

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